Si su empresa opera en derivados, esta información le interesa. Si su empresa opera en derivados, esta información le ayudará a entender mejor EMIR, marco que regula dicha actividad, y a resolver las dudas que puedan surgirle. |
EMIR (European Market Infrastructure Regulation) es un reglamento* europeo aprobado en 2012 por la UE, que regula la contratación y registro de las operaciones de derivados. |
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Su objetivo es dotar de un marco regulador que aporte seguridad y transparencia a la operativa de derivados. |
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A todas las empresas/contrapartidas que operan en derivados: |
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Contrapartidas Financieras (FC): entidades de crédito, como el Banco Santander. Contrapartidas No Financieras (NFC): todas las demás empresas no financieras que operan con derivados. |
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Todos los Derivados incluyendo, con carácter enunciativo y no limitativo opciones, futuros, compraventa de divisa a plazo (“seguros de cambio”) y permutas (swaps). No incluye Productos Financieros Estructurados. |
Usted deberá contar con un identificador global de 20 dígitos denominado LEI (Legal Entity Identification) para poder operar en derivados. Este código se puede obtener en el Registro Mercantil con un coste de inscripción de 100€, y 50€ de mantenimiento anual. http://www.lei.mjusticia.gob.es/es/Paginas/home.aspx Usted deberá comunicar a un registro documental todas las operaciones contratadas de derivados OTC/ETD, un servicio que ofrece Banco Santander a sus clientes. Para ello deberá dirigirse a su oficina o gestor para firmar el contrato de delegación de reporte. Recuerde que previo a la firma de este contrato deberá obtener su identificador LEI. Las confirmaciones (envío, recepción, firma y devolución de las operaciones) deben ser tramitadas en un plazo muy reducido y regulado. Más abajo encontrará un cuadro con esto plazos. Las operaciones vivas deberán reconciliarse periódicamente. Deberá pactarse un procedimiento para resolver las discrepancias que pudieran surgir en la conciliación. |
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* Reglamento Europeo (UE) Nº 648/2012 |
Si necesita información, diríjase a su oficina o póngase en contacto con su gestor Santander. | ||